Procedimiento mediante el cual las Corporaciones de derecho público representativas de los auditores de cuentas comunican la actualización de los responsables designados para la realización de las actividades de formación continuada así como los responsables de la certificación de dichas actividades..
Artículo 13. Comunicaciones en relación con los responsables de los centros organizadores de la Resolución de 20 de diciembre de 2022, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Solicitud y prórroga
"1. Las Corporaciones representativas de auditores comunicarán al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas el nombre de la persona o personas responsables de las actividades de formación continuada dentro de su organización, así como de quienes ostenten poderes de certificación de las distintas actividades de formación organizadas e impartidas, en función de su estructura territorial, debiendo actualizar esta información en caso de sustitución de dichas personas en el plazo máximo de un mes desde que se produzca tal circunstancia. Esta comunicación se realizará conforme al modelo previsto en los Anexos IV y V.
2. El resto de los centros organizadores deberán actualizar la información relativa al nombre de la persona o personas inicialmente designadas responsables de las actividades de formación continuada dentro de dicha organización, así como de quienes ostenten poderes de certificación de las distintas actividades de formación organizada e impartida, en caso de sustitución de dichas personas, en el plazo máximo de un mes desde que se produzca tal circunstancia. Esta comunicación se realizará conforme al modelo previsto en el Anexo V."
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
Los datos personales facilitados mediante el presente formulario serán tratados por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas con la finalidad de tramitar una comunicación de a modificación de los responsables de la realización y certificación de la actividad de formación continuada. Para ejercer sus derechos y consultar más información sobre la política de privacidad y los RATs del ICAC, acceda a https://www.icac.gob.es/politica-de-privacidad.
Guía Rápida del procedimiento
Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.
Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.
Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".
Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3
Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve
Acceso al Registro Electrónico General
El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.
Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.
Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide
En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".
Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.
Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.
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