Mediante este procedimiento el interesado podrá presentar ante el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas el escrito de alegaciones frente al Acuerdo de Incoación del expediente sancionador por la falta de depósito de sus cuentas anuales en el correspondiente Registro Mercantil o remitir el documento facilitado en el Acuerdo de Incoación del expediente sancionador como anexo para reconocer su responsabilidad en la comisión de la infracción y/o manifestar su voluntad de efectuar el pago anticipado de la multa propuesta, para poder obtener los descuentos previstos en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Una vez presentada la documentación, se realizará automáticamente una entrada en el Registro del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y se pondrán a su disposición los justificantes tanto de la solicitud como del registro.
Asimismo, podrá enviar el justificante del pago realizado una vez recibida la carta de pago remitida por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas a través de Notifica a su dirección electrónica habilitada única.
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
Los datos personales facilitados mediante el presente formulario serán tratados por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas con la finalidad de tramitar una solicitud de Instancia Genérica. Para ejercer sus derechos y consultar más información sobre la política de privacidad y los RATs del ICAC, acceda a https://www.icac.gob.es/politica-de-privacidad.
Reconocimiento de Responsabilidad
Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.
Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.
Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".
Consulta de Unidades y Oficinas en DIR3
Información sobre las Oficinas de Registro Cl@ve
Acceso al Registro Electrónico General
El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.
Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.
Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide
En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".
Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.
Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.
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